¿Cómo gestionar la formación bonificada por FUNDAE?
Una formación gratuita y de calidad para todas las personas trabajadoras y en activo
¿Qué es Fundae?
La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FUNDAE (anteriormente Fundación Tripartita) es un organismo estatal financiado con fondos públicos. Su objetivo principal es potenciar e incentivar la formación profesional en empresas españolas.
FUNDAE nace con el propósito de profesionalizar e impulsar las empresas españolas a partir de la formación a empleados. Este recurso permite la adaptación a nuevos cambios en el entorno, una posibilidad de aprovechar de una forma más efectiva los factores del entorno y una situación más favorable a la hora de enfrentar un conflicto.

¿Qué gestiona Fundae?
La organización facilita un crédito a la compañía para que pueda hacer frente a la formación de sus trabajadores. Todas las empresas españolas tienen el derecho a la concesión de este crédito, sin embargo, una gran cantidad de empresas no aprovechan este recurso y es común la escasa formación a sus empleados en empresas españolas.
Esta escasa formación hace que muchas empresas se encuentren en una situación de desventaja respecto a las que mantienen en constante aprendizaje a sus trabajadores. Esta desventaja se acentúa en un contexto en el que el rápido aumento de la digitalización juega un papel fundamental en la actividad económica.
FUNDAE, por ello encarga de gestionar los fondos destinados a la formación programada por las empresas que podrán hacer efectiva mediante bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Favorece el acceso, mediante subvenciones, a una formación gratuita y de calidad para todas las personas trabajadoras.
¿Cómo se benefician sus empleados?
El trabajo de FUNDAE es contribuir a que empresas y trabajadores mejoren las competencias que les permitan afrontar los cambios del mercado laboral y los sectores productivos mediante una formación de calidad.
La formación bonificada por FUNDAE
FUNDAE ofrece bonificaciones para las empresas para que a través de unos créditos puedan realizar alguna formación o curso. Este crédito del que disponen las empresas para la formación de sus trabajadores se hace efectivo mediante bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social que pagan las empresas.
El importe del crédito resulta de aplicar a la cuantía ingresada a la Seguridad Social por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Ese porcentaje se determina en función del tamaño de las empresas, de tal forma que cuanto menor sea el tamaño de la empresa mayor será dicho porcentaje.
Requisitos de la formación bonificada por FUNDAE
Algunos requisitos a tener en cuenta en relación a la formación bonificada por FUNDAE:
- Las empresas que incorporen nuevos trabajadores, bien por abrir nuevos centros de trabajo o por nueva creación: 65 euros por cada nuevo trabajador.
- Es importante tener en cuenta que, si la empresa tiene más de 5 trabajadores, está obligada a asumir un porcentaje del total de los costes que comunique en la aplicación a lo largo del año. Para el cálculo de esta aportación, se tendrán en cuenta los costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo.
- Para calcular el crédito de las empresas, habría que acceder a la aplicación telemática de FUNDAE con el certificado digital de la empresa y entrar en «datos económicos» para ver dicho crédito.
- Las empresas que concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional cuyos criterios para su importe se determinan mediante Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- En todo caso, la empresa deberá someter las acciones formativas a información de la representación legal de los trabajadores. El incumplimiento por parte de la empresa de esta obligación impedirá la adquisición y, en su caso, el mantenimiento del derecho a la bonificación (siempre y cuando esa empresa tenga RLT).
- El porcentaje del coste del curso que una empresa puede bonificar como máximo, dependerá del tamaño de su empresa (como indicaremos más adelante).
- Respecto al importe máximo que una empresa puede bonificar por curso es hasta 13 euros/h y alumno en la formación presencial y los cursos online con profesor, siempre y cuando se disponga de crédito suficiente.
- Para que el curso o formación online sea bonificada no hay un % fijo de horas a realizar, pero en la descripción actual lo define como «un número razonable de horas». Por tanto, podemos estimar en torno a un 70% y haber completado el curso.
- Si el crédito no se consume durante el año, se pierde (salvo para empresas de menos de 50 trabajadores que en junio pueden pedir acumular el crédito para el año siguiente).
Cómo calcular la bonificación disponible para su empresa
Para ello hay que tener en cuenta:
- A: La plantilla media del año anterior.
- B: La cotización del total de trabajadores por contingencia de formación profesional.
- C: El tamaño de la empresa, según la cuota por formación del año anterior.
Conforme al tamaño de nuestra empresa, los porcentajes de la bonificación que cubriría el crédito son los siguientes:
- 1 – 5 trabajadores: cantidad minima de 420€
- 6 – 9 trabajadores:100% de la cotización por formación profesional
- 10 – 49 trabajadores:75% de la cotización por formación profesional
- 50 – 249 trabajadores:60% de la cotización por formación profesional.
- 250 y más trabajadores:50% de la cotización por formación profesional.
El resto sería aportado por la empresa bonificada como cofinanciación privada, es decir una empresa de 10-49 trabajadores que se bonificaría el 75% del coste del curso (hasta un máximo de 13 euros/hora en una formación presencial, por ejemplo) tendría que aportar el 25% como cofinanciación privada.
Dentro de esta cofinanciación privada se podría descontar un % dependiendo si los alumnos han recibido dicha formación en su horario laboral. Como norma general, el coste se hallará con base a la masa salarial de la empresa.
Para su acreditación, será necesario conservar copia de los recibos de liquidación de cotizaciones del año anterior o certificación de haberes, y cálculo realizado respecto a los trabajadores formados.
Bonificar la formación
Cuando ya hayamos comunicado la finalización de la formación bonificada por FUNDAE, la bonificación podrá ser aplicada hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del mismo año, a través de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social. Estos son los requisitos que debemos tener en cuenta para aplicar la bonificación:
- Estar al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
- En su caso, haber informado a la RLT.
- Haber comunicado el inicio, realizado y comunicado la finalizaciónde la formación.
- Labonificación de la formación se aplica por el sistema de Liquidación Directa (código 763 -clave del fichero FAN CA80- bonificación formación continua), donde se especificará el importe comunicado en la aplicación.
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